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Transporte Escolar Rural (TER) 2022

El objetivo del presente concurso es financiar proyectos presentados por sostenedores y administradores, que permitan el transporte escolar de alumnos y alumnas entre su hogar y los establecimientos educacionales regidos por el Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998 y por el Decreto Ley Nº 3.166, de 1980, ambos del Ministerio de Educación, en los que se encuentren matriculados. Los proyectos deben beneficiar a establecimientos educacionales ubicados en comunas que correspondan a zonas rurales y comunas consideradas por el Ministerio de Educación en situación de aislamiento crítico.

RECTIFICA REX N° 3344 Concurso TER, año 2022

Se encuentra totalmente tramitada la REX N° 4298 de 31 de agosto de 2022, que rectifica la nómina de Sostenedores beneficiarios del concurso “TER 2022”. 

REX N° 4298 de 31.08.2022 (descargue resultados aquí)

ADJUDICA REX N° 3344 Concurso TER, año 2022

Se encuentra totalmente tramitada la REX N° 3344 con la nómina de Sostenedores beneficiarios del concurso “TER 2022”.
REX N° 3344 de 03.09.2022 (descargue resultados aquí)
Ahora comenzará el proceso de desarrollo de Convenio con los sostenedores beneficiarios. Se les informará por esta vía o a través de sus Secretarías Regionales Ministeriales correspondientes los pasos a seguir en concordancia con lo indicado en las bases del concurso en el punto 14.

Marco Normativo

Etapas del Proceso

La entrega de estos fondos considera un conjunto de etapas sucesivas conformadas por las siguientes fases:

Fase 1.- Postulación de las Bases

  • La postulación al Concurso de Transporte Escolar Rural (TER) deberá hacerse a través de la página web tramites2.mineduc.cl, ingresando al trámite llamado: TRANSPORTE ESCOLAR RURAL (TER) 2022, a partir del 1 de junio de 2022 y se encontrará abierta hasta el 14 de junio.

Fase 2.- Evaluación de los Proyectos

  • Plazo: Desde el 15 al  30 de junio.

Fase 3.- Acto Administrativo de Adjudica

Fase 4.-Entrega de Convenios  suscritos

  • Plazo: Dentro de 30 días corridos siguientes al último día de la publicación de la adjudicación de los Fondos Concursables.

Fase 5.- Ejecución del proyecto

  • La ejecución del proyecto se iniciará una vez que se encuentre totalmente tramitado el último acto administrativo que apruebe el respectivo convenio y deberá realizarse dentro del año lectivo.

Fase 6.- Entrega de Informes

  • Las instituciones beneficiarias deberán presentar un Informe de Avance al Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional respectiva, sobre las actividades desarrolladas durante los primeros 60 días de ejecución del proyecto adjudicado.
  • Además, las instituciones beneficiarias deberán entregar un Informe Final dentro de los treinta (30) días corridos siguientes al vencimiento del plazo establecido para la ejecución del proyecto.

Fase 7.- Rendiciones de gastos

Los adjudicatarios del concurso entregarán rendiciones de cuentas de los recursos aportados por el Ministerio en las Secretarías Regionales Ministeriales en donde se encuentre emplazado cada establecimiento beneficiario, conforme a los procedimientos establecidos en la Resolución Nº30, de 2015, de la Contraloría General de la República.

Para descargar las bases podrá hacer click aquí

Proceso del Concurso Transporte Escolar Rural

Los proyectos presentados por los sostenedores o administradores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

    1. Que presente en tiempo y forma en la página web del Ministerio de Educación comunidadescolar.cl el Formulario de Postulación del Proyecto, la Carta de Compromiso y la Nómina de Alumnos.
      Para el llenado del formulario deberá hacer click en Formulario de Postulación del proyecto.
      Este archivo deberá guardarlo para adjuntarlo posteriormente en la página web https://tramites2.mineduc.cl
      Para descargar el instructivo de llenado del Formulario de Postulación del proyecto puede hacerlo en el siguiente enlace.
      Para descargar el ejemplo de llenado del Formulario de Postulación del proyecto puede hacerlo en el siguiente enlace.
    2. Que la comuna donde se ubique el o los establecimientos educacionales correspondan a aquellas zonas o comunas referidas en el numeral 5 de las bases del concurso.
    3. Que los establecimientos educacionales que sean postulados por su sostenedor o administrador hayan recibido, indistintamente, la subvención de ruralidad o la subvención mínima, a las que se refiere el artículo 12 del DFL N°2, de 1998, aludido, el año anterior a la postulación y que tengan un porcentaje de matrícula rural, que es aquella matrícula correspondiente a establecimientos rurales, mayor o igual a un 14% en relación con su matrícula urbana.
    4. Que el o los vehículos individualizados en la postulación se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares (RENASTRE) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones con su autorización vigente. En el caso de otros medios de transporte, deberán dar cumplimiento a la normativa vigente que los regule al momento de realizarse la postulación.
    5. Que los montos de financiamiento solicitados se ajusten a los valores establecidos en el siguiente cuadro, que considera el número de establecimiento y la cobertura estudiantil.
      Alumnos Beneficiados
      Entre 1 y 40 Entre 41 y 80 Entre 81 y 120 Más de 120
      Establecimientos Rurales de una misma región 1 a 2   $3.000.000   $4.000.000   $5.000.000   $6.000.000
      3 a 5   $7.000.000   $8.000.000   $9.000.000 $10.000.000
      más de 5 $11.000.000 $12.000.000 $13.000.000 $14.000.000

      Se podrá presentar un solo proyecto por RUT del sostenedor o administrador. En caso de presentar más de un proyecto, será considerado como válido el último proyecto registrado e ingresado correctamente por el sostenedor o administrador.

Los criterios de selección y su ponderación que se consideran para la evaluación son los siguientes:

Pertinencia (10%), este criterio se medirá en base al número de kilómetros recorridos diariamente.

Focalización (35%), este criterio considera dos subcriterios; por un lado, el Índice de vulnerabilidad (IVE) y por otro, el Porcentaje de ruralidad RBD.

Evaluabilidad (10%), este criterio entrega un valor directo de 10% a las comunas consideradas en aislamiento crítico y mide la relación matrícula urbana/rural, para el resto de las comunas.

Relación Costo Beneficio (25%), este criterio evalúa el Costo unitario del proyecto postulado en relación con la cobertura estudiantil.

Presupuesto (15%), este criterio cuantifica el Aporte solicitado al Ministerio de Educación en relación con la cobertura estudiantil.

Sustentabilidad (5%) Aporte propio declarado; vehículos registrados y vigentes en el Ministerio de Transportes.

Una vez concluido el proceso de evaluación de los proyectos, se publicarán los resultados en la página web www.mineduc.cl y www.comunidadescolar.cl

Los adjudicatarios del concurso contarán con un plazo de treinta días (30) corridos, para presentar los convenios firmados, entregar la garantía que proceda, la nomina de alumnos y alumnas beneficiarios y toda la documentación requerida para suscripción del convenio en la Subsecretaría Regional Ministerial de Educación respectiva.

El adjudicatario del concurso suscribirá un convenio con el Ministerio de Educación, a través de sus Secretarías Regionales.

El Ministerio de Educación, a través de las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de Educación, transferirá los recursos financieros a los adjudicatarios de los proyectos en una sola cuota, equivalentes al total del monto adjudicado con un monto máximo de $14.000.000.- (catorce millones de pesos) por sostenedor o administrador y su respectivo proyecto.

 

El valor total del monto adjudicado se entregará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de total tramitación del último acto administrativo que apruebe el convenio, en los casos que corresponda,

Previa entrega de los recursos financieros el adjudicad deberá hacer entrega de:

  • Carta Gantt que contenga una descripción de las actividades, planificación de objetivos, plazos de informes y rendiciones.
  • Garantía de fiel cumplimiento respectiva, en caso de proceder.

El adjudicatario iniciará la ejecución del proyecto una vez que se encuentre totalmente tramitado el último acto administrativo que apruebe el respectivo convenio. El plazo de vigencia de los convenios será de 10 meses, el cual incluye el plazo de ejecución del proyecto que será de 6 meses a contar de la fecha de total tramitación del último acto administrativo que apruebe el convenio y se cumplirá dentro del año lectivo.

Las instituciones beneficiarias deberán presentar un Informe de Avance al Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional respectiva, sobre las actividades desarrolladas durante los primeros 60 días de ejecución del proyecto adjudicado, el que deberá contener:

 

  • Logro de objetivos financieros y operacionales. Este informe se entregará dentro de los quince (15) días corridos siguientes a dicho plazo y una vez que se haya tramitado el último acto administrativo que apruebe el respectivo convenio, en los casos que corresponda.

 

Además, las instituciones beneficiarias deberán presentar un Informe Final dentro de los treinta (30) días corridos siguientes al vencimiento del plazo establecido para la ejecución del proyecto, en el que dará cuenta de todas las actividades comprometidas en la ejecución del proyecto en todas sus etapas y reportará el cumplimiento de objetivos, de los estados financieros y operacionales.

Los adjudicatarios del concurso entregarán rendiciones de cuentas de los recursos aportados por el Ministerio en las Secretarías Regionales Ministeriales en donde se encuentre emplazado cada establecimiento beneficiario, conforme a los procedimientos establecidos en la Resolución Nº 30, de 2015, de la Contraloría General de la República.

En el caso de las instituciones públicas, las rendiciones deberán presentarse mensualmente, dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente que corresponda rendir.

En el caso de las instituciones privadas, la rendición de cuentas deberá presentarse en forma trimestral, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al mes que corresponda rendir. Los plazos para presentar las rendiciones se contarán desde la total tramitación del último acto administrativo que apruebe el convenio.

Por su parte, el adjudicatario, deberá entregar una Rendición de Cuentas Final, dentro del plazo de treinta (30) días corridos siguientes, al término de la ejecución del convenio, en la que deberá demostrar la ejecución de la totalidad los recursos recibidos, conforme a las instrucciones impartidas en la Resolución N° 30 de 2015, de la Contraloría General de la República.

Los recursos entregados por el Ministerio de Educación serán única y exclusivamente destinados a financiar la operación y funcionamiento del Proyecto y no podrán ser destinados a gastos de personal, ni de remuneraciones. Tampoco está permitida la compra de vehículos de ningún tipo con parte o el total del aporte ministerial o cualquier otra convención que derive en la compra de estos.

El monto transferido deberá ser destinado íntegramente a la ejecución del Proyecto, es decir, al cumplimiento de las metas, objetivos y actividades planteadas en su formulación.

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