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Declaración Bono Escolar y Adicional 2026
27/02/2026

Señores Sostenedores de Establecimientos Particular Subvencionados y Administración Delegada (3166).

De acuerdo con lo dispuesto en el Art. artículo 13º, 14º de la Ley N° 21.806 se concede un Bono de Escolaridad no imponible ni tributable por cada HIJO, entre cuatro y veinticuatro años, que sea carga familiar reconocida para los efectos del D.F.L. N° 150 de 1981 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Este beneficio se otorgará por los hijos reconocidos como cargas familiares y siempre que se encuentren cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza pre básica del 1er Nivel de Transición, 2do. Nivel de Transición, Educación Básica y Media, Educación Superior o Educación Especial, en establecimientos educacionales del Estado o reconocidos por éste.

El monto del Bono Escolar ascenderá a la suma de $89.164.-, el que será pagado en dos cuotas iguales de $44.582.- cada una, la primera en marzo y la segunda en junio del año 2026.

Adicionalmente, y en conjunto con el pago de la primera cuota de marzo de 2026, el Art. 14 de la misma Ley dispone una Bonificación Adicional de $37.666.- por cada hijo que cause este derecho, cuando los funcionarios tengan una remuneración líquida igual o inferior a $1.060.493.- al mes de marzo de 2026.

Con base en lo anterior, se ha habilitado el sistema de captura de datos para el pago del Bono Escolar y Adicional marzo 2026. Este estará disponible desde el 27 de febrero a las 12:00 hrs. hasta el 06 de marzo a las 12:00 hrs. Cabe señalar que los establecimientos Municipales y Particulares Pagados no forman parte de este proceso.

Para que el MINEDUC transfiera los recursos correspondientes a este beneficio, los sostenedores deben acceder al sitio Comunidad Escolar utilizando el perfil del establecimiento. Allí, deberán seleccionar el enlace Procesos de Bonos y Aguinaldos, donde se desplegará el aplicativo correspondiente. En este sistema, se deberá ingresar la información de los tramos de renta únicamente para trabajadores de Planta o ContrataNo corresponde incluir al personal contratado a honorarios.

Antes comenzar a trabajar en el aplicativo, debe actualizar en SIGE la información de sus trabajadores en los módulos de Idoneidad Docentes y Asistentes de la Educación, ya que esta información se despliega en el aplicativo para solicitar los recursos para pagar el Bono escolar y Adicional. Si fuera necesario incorporar a un funcionario no registrado en el aplicativo, este deberá ser ingresado previamente en SIGE. Posteriormente, en el aplicativo de bonos y aguinaldo, se encontrará la pestaña Sincronizar Personas. Una vez revisada y confirmada la información, deberá presionar el botón Sincronizar Datos.

En el aplicativo se ha pre-cargado la información de cargas familiares de acuerdo con registros de la SUSESO. Esta información debe ser ratificada o en su defecto eliminar las cargas que no se encuentren vigentes y/o agregar nuevas cargas que cumplan con los requisitos para percibir este beneficio.

Para incorporar nuevas cargas debe ingresar datos de la carga (RUN; Nombres, Ap. Paterno, Ap. Materno). Además, debe informar del tipo de Educación del Alumno (Escolar o Superior), debiendo Subir Certificado de alumno en el caso de Ed. Superior.

Si un docente o asistente de la educación tiene más de una carga y trabaja en más de dos establecimientos, las cargas deben ser declaradas en un solo colegio.

La información se valida en línea con registro civil. Si No coincide la identificación o Si es mayor a 25 años, no se guarda registro.

En caso de que la información de las cargas sea errónea, se desplegará un mensaje indicando que los datos no concuerdan con los proporcionados por el Registro Civil, en cuyo caso se debe cotejar la información con la cedula de Identidad o certificado de Nacimiento. En caso de que los datos ingresados concuerden con estos documentos y el mensaje siga desplegándose, debe tomar contacto con el encargado de pago subvenciones del Departamento Provincial de Educación de su jurisdicción, para informar del caso y entregar certificado de nacimiento o fotocopia de la cedula de identidad, de forma de gestionar la solución de la situación.

Es importante que verifique que las cargas familiares de sus trabajadores se encuentren actualizadas ante la respectiva institución previsional (Cajas de Compensación, IPS, otro), ya que la información ingresada en el aplicativo será validada con aquella que entreguen estas instituciones a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). Los datos que aparecen de las cargas familiares fueron entregados por la entidad antes mencionada.

Consideraciones importantes:

  1. Rentas líquidas: La normativa establece que deben considerarse las rentas líquidas de los trabajadores correspondientes al mes de marzo de 2026.
  2. Declaración del Bono Escolar: Al declarar, no olvide imprimir el comprobante de declaración. Si se detecta algún error, este puede ser corregido mediante la opción Rectificar en el aplicativo. Cada rectificación requiere realizar una nueva declaración. El sistema procesará el pago con base en la última información declarada.
  3. Plazo de declaración: Este es el único medio habilitado para declarar la información de este proceso. La no declaración dentro de los plazos establecidos implicará que no se recibirán los recursos para el pago del bono escolar y adicional.
  4. Rendiciones pendientes: Si existen rendiciones de cuentas pendientes de procesos anteriores, el pago no será cursado. Esto se regularizará únicamente una vez que la rendición sea presentada y aprobada por el Deprov correspondiente.

En caso de que requiera asistencia con el sistema o su contenido, debe contactar al Coordinador Provincial de Pago de Subvenciones.

Agradecemos su atención y cumplimiento con este proceso.

Atentamente

Coordinación Nacional de Subvenciones

Ministerio de Educación

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