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Declaración Bono Escolar y Adicional 2024
29/02/2024

Señores Sostenedores de Establecimientos Particular Subvencionados y Administración Delegada (3166).

De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 13 de la Ley N° 21.647 se concede un Bono de Escolaridad no imponible ni tributable por cada HIJO, entre cuatro y veinticuatro años, que sea carga familiar reconocida para los efectos del D.F.L. N° 150 de 1981 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Este beneficio se otorgará por los hijos reconocidos como cargas familiares y siempre que se encuentren cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza pre básica del 1er Nivel de Transición, 2do. Nivel de Transición, Educación Básica y Media, Educación Superior o Educación Especial, en establecimientos educacionales del Estado o reconocidos por éste.

El monto del Bono Escolar ascenderá a la suma de $82.756.-, el que será pagado en dos cuotas iguales de $41.378.- cada una, la primera en marzo y la segunda en junio del año 2024.

Adicionalmente, y en conjunto con el pago de la primera cuota de marzo de 2024, el Art. 14 de la misma Ley dispone una Bonificación Adicional de $34.959.- por cada hijo que cause este derecho, cuando los funcionarios tengan una remuneración líquida igual o inferior a $984.282.- al mes de marzo de 2024.

Para que el MINEDUC transfiera los recursos para pagar estos bonos, se debe ingresar con el perfil del establecimiento en el sitio comunidad escolar, y seleccionar el link Procesos de Bonos y Aguinaldos, luego de lo cual se despliega aplicativo para estos efectos, en el cual se debe indicar los tramos de renta de sus trabajadores sólo para aquellos de Plantas o a Contrata. No Honorarios.

En aplicativo  se ha pre-cargado la información de cargas familiares de acuerdo a registros de la SUSESO. Esta información debe ser ratificada o en su defecto eliminar las cargas que no se encuentren vigentes y/o agregar nuevas cargas que cumplan con los requisitos para percibir este beneficio.

Para incorporar nuevas cargas debe ingresar datos de la carga (RUN; Nombres, Ap. Paterno, Ap. Materno). Además, debe informar del tipo de Educación del Alumno (Escolar o Superior), debiendo Subir Certificado de alumno en el caso de Ed. Superior.

Si un docente o asistente de la educación tiene más de una carga y trabaja en más de dos establecimientos, las cargas deben ser declaradas en un solo colegio.

La información se valida en línea con registro civil. Si No coincide la identificación o Si es mayor a 25 años, no se guarda registro.

El aplicativo de captura de información para el pago de estos beneficios estará disponible hasta las 17:00 horas del 08 de marzo de 2024 impostergablemente.

Antes comenzar a trabajar en el aplicativo, debe actualizar en SIGE la información de sus trabajadores en los módulos de Idoneidad Docentes y Asistentes de la Educación, ya que esta información se despliega en el aplicativo para solicitar los recursos para pagar el Bono escolar y Adicional.

En caso de que la información de las cargas sea errónea, se desplegará un mensaje indicando que los datos no concuerdan con los proporcionados por el Registro Civil, en cuyo caso se debe cotejar la información con la cedula de Identidad o certificado de Nacimiento. En caso de que los datos ingresados concuerden con estos documentos y el mensaje siga desplegándose, debe tomar contacto con el encargado de pago subvenciones del Departamento Provincial de Educación de su jurisdicción, para informar del caso y entregar certificado de nacimiento o fotocopia de la cedula de identidad, de forma de gestionar la solución de la situación.

Es importante que verifique que las cargas familiares de sus trabajadores se encuentren actualizadas ante la respectiva institución previsional (Cajas de Compensación, IPS, otro), ya que la información ingresada en el aplicativo será validada con aquella que entreguen estas instituciones a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). Los datos que aparecen de las cargas familiares fueron entregados por la entidad antes mencionada. Finalmente, indicar que si existen rendiciones de cuentas pendientes de procesos anteriores por bono escolar, aguinaldo de fiestas Patrias, aguinaldo de navidad, bono especial y bono de vacaciones, al momento de cursar el pago del bono escolar en marzo 2024 no se cursará este pago por el establecimiento mientras no se regularice la rendición de cuentas pendiente.

Coordinación Nacional de Subvenciones

Ministerio de Educación

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