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Declaración de Ingresos Efectivamente Percibidos 2022
02/03/2023

Señores Sostenedores de Establecimientos con financiamiento compartido

Para los establecimientos adscritos al sistema de financiamiento compartido por el año escolar 2022, existe la obligación de declarar los ingresos percibidos durante ese periodo. Para esto, en la solicitud anual de subvenciones (SET Art. 12) se encuentra disponible módulo de Ingresos Efectivos, que permite ingresar la información por todos los cobros efectuados y percibidos durante el periodo entre marzo 2022 a febrero 2023 por el establecimiento educacional, para lo cual existe plazo hasta el viernes 10 de marzo del 2023 para realizar la declaración de ingresos percibidos.

Los establecimientos que pasaron a ser gratuitos a partir del año escolar 2023, también le corresponde realizar la declaración de Ingresos Percibidos por el año anterior (2022).

En esta declaración, se deben considerar todos los cobros efectuados y percibidos durante el año escolar 2022 por el establecimiento educacional. El valor total de esta declaración debe ser coincidente con la suma total de las cantidades del Libro de Ingresos Diarios; cómo asimismo del Registro de Pagos Mensuales de Alumnos del establecimiento educacional.

En caso de no haber recibido valores, debe declarar cero ($0) en cada uno de los “Tipo de Ingresos que percibió el Establecimiento”.

Junto con la información de los montos los cobros efectuados y percibidos durante el año escolar, deben ser informados los montos asociados al sistema de becas del periodo, debiendo considerar los siguientes campos:

  • SUMA DE LAS EXENCIONES DEL PERIODO (Aplicación del Sistema de Becas), que corresponde al monto total en pesos de las becas entregadas en el periodo. No hay que ingresar la cantidad de becas entregadas.
  • Saldo del Fondo de Becas período 2021-2022 según Reliquidación de FICOM, que corresponde al monto total en pesos del saldo de becas determinado en la reliquidación FICOM realizada en abril 2022, e informada por cada secretaría ministerial al sostenedor. En caso de que se haya solicitado la corrección de este monto, en este campo debe ser ingresado el monto final determinado por la secretaría ministerial. No hay que ingresar la cantidad de becas entregadas.

La información declarada mediante este formulario será utilizada para realizar la reliquidación de FICOM  2023, de acuerdo con lo establecido en el art. N°34 del DFL N°2/1998, y vigente de acuerdo con el art. N°21 transitorio de la ley N°20.845, por lo que se recomienda que revise la información ingresada antes de realizar su declaración, de forma de evitar eventuales reintegros por información inconsistente o errónea. Cabe mencionar, que la información entregada en esta declaración es materia de fiscalización por parte de Superintendencia de Educación.

En caso de consultas en relación con esta declaración, favor de dirigirlas al Coordinador/a Provincial de Subvenciones del Departamento Provincial de Educación que pertenece su establecimiento.

Atentamente

Coordinación Nacional de Subvenciones

Ministerio de Educación

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