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Declaración Asistencia Refuerzo Educativo (agosto 2026) – Disponible del 1 al 8 de septiembre
01/09/2026

Sostenedores, se informa que, de acuerdo con lo establecido en el DFL N.º 2, art. 39, se debe realizar el Proceso de Declaración de Asistencia de Refuerzo Educativo para el año 2026, correspondiendo en esta oportunidad declarar las asistencias del mes de agosto de 2026. El registro y la declaración de asistencia se realizarán a través de la plataforma web de asistencia.

Para esto, en el sitio privado de la Comunidad Escolar se encuentra habilitado un link llamado “Declaración Asistencia Refuerzo Educativo”, que le permitirá acceder como establecimiento o como sostenedor.

En ambos casos, el usuario podrá ingresar con su RBD sin dígito verificador, o bien con su RUT sin dígito verificador, junto con su respectiva clave —la misma que utiliza para el ingreso de información en el SIGE:

  • Para ESTABLECIMIENTOS, existe la opción “Ingreso Asistencia Refuerzo Educativo”, donde podrá registrar la asistencia mensual de los cursos de cada establecimiento.
  • Para SOSTENEDORES, existe la opción “Declaración Asistencia Refuerzo Educativo”, donde podrá declarar formalmente la asistencia mensual de los cursos de cada establecimiento.
  • Para apoyar la ejecución del aplicativo y las actividades que requiere esta subvención, se ha dispuesto una copia de la Guía de Usuario de Refuerzo Educativo, disponible para descarga en este link.

Los módulos estarán disponibles a contar del lunes 1 de septiembre desde las 08:00 horas, y hasta el martes 8 de septiembre de 2026 a las 11:00 horas.

En caso de que alguno de los módulos mencionados no esté funcionando correctamente, comuníquese con el Coordinador Provincial de Pago de Subvenciones correspondiente a su comuna.

Consideraciones importantes:

  • Es responsabilidad de cada sostenedor realizar su declaración. Esta actividad es fundamental para que los recursos se transfieran sin inconvenientes.
  • La declaración de asistencia mediante la aplicación web es el único medio válido para declarar esta información.
  • El establecimiento podrá registrar la asistencia únicamente para los cursos indicados en la Resolución autorizada. En caso de existir diferencias, comuníquese con el Coordinador Provincial de Pago de Subvenciones correspondiente a su comuna.
  • Para un mejor desempeño del aplicativo, se sugiere utilizar el navegador Microsoft Edge.

Atentamente,

Coordinación Nacional de Subvenciones
Ministerio de Educación

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