Se informa que en el marco de lo estipulado en el artículo 58° de la ley N°21.806, que concede por una sola vez durante el año 2026 un bono extraordinario anual, de cargo fiscal, a los y las asistentes de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de municipalidades o corporaciones municipales regidas por el decreto con fuerza de ley N°2, de 1998, del Ministerio de Educación.
Se informa que a partir del 1 de Julio a las 00:00 hrs. estará habilitada la plataforma para la declaración del Comprobante de Ingreso a Caja (CIC) correspondiente a los ingresos recepcionados por subvenciones educacionales de JUNIO 2026, para así dar cumplimiento a lo establecido en la resolución 30 de la Contraloría General de la República.
Comunicamos que, a través de la Resolución Exenta N°3906 del 26 de junio de 2026, se aprobó la nómina de beneficiarios/as y se autorizó el pago correspondiente a junio de 2026 (con datos de mayo 2026).
Comunicamos que, a través de la Decreto Exento N°410 del 26 de junio de 2026, se aprobó la nómina de beneficiarios/as y se autorizó el pago correspondiente a junio de 2026 (con datos de mayo 2026).
se encuentra disponible en el aplicativo de la Subvención Pro-retención el “Detalle de Pago”, con los montos que fueron depositados el día 30 de junio 2026. Según lo indicado en la resolución N° 3901del 25 de junio 2026.
La Ley N° 21.806, publicada el 5 de febrero de 2026, establece el pago del Bono Escolar 2da Cuota, destinados a los trabajadores de establecimientos Particulares Subvencionados y de Administración Delegada (DL N° 3.166), recursos que han sido transferidos a los sostenedores con fecha 30de junio 2026. Hay que hacer presente que no corresponde el pago de este bono a funcionarios del sector municipal, Servio Local ni a los de establecimientos Particulares Pagados.