Acceso a Zona Privada
RUT o RBD
Contraseña
Calendario para Ingreso y Declaración de Asistencias, marzo 2020.
26/03/2020

Ingreso y Declaración de Asistencias Electrónica, marzo 2020

El sistema de declaración de asistencias a través de Internet (SIGE) se encontrará habilitado para el Ingreso y declaración de asistencias a contar del día 01 de abril a las 00:00 horas y hasta el 06 de abril de 2020 a las 17:00 horas.

IMPORTANTE: Debido a la suspensión de clases que decretó la autoridad a raíz de la emergencia sanitaria (COVID-19) que vive el país, se han bloqueado los días desde el 16 al 31 de marzo de 2020.

Todos los sostenedores deberán declarar asistencia desde el inicio de clases hasta 13 de marzo, incluso cuando la asistencia sea cero, de igual manera debe ser declarada.

En el evento que se haya solicitado suspensión de clases por cualquier día de marzo hasta el 13 de Marzo, periodo regular de clases, la Resolución de la Seremi debe estar tramitada para que se autorice el bloqueo del día solicitado en el sistema.

Para el presente mes, el ingreso y declaración de asistencias de los establecimientos educacionales deberá efectuarse por el sistema SIGE, siendo este el único mecanismo para realizarla.

Ingrese aquí a la aplicación SIGE

A fin de atender consultas en relación con el uso del SIGE, se ha habilitado una mesa de ayuda a través del fono 600 600 26 26, el cual estará disponible en horario de oficina. También puede contactar al encargado de pago del Departamento Provincial de Educación correspondiente a su comuna.

Señor Sostenedor, recuerde que para ingresar las asistencias de meses anteriores, debe ingresar a SIGE con el RBD y clave RBD.

Mientras que para poder efectuar su declaración de asistencias, debe utilizar el RUT del Sostenedor y clave Sostenedor.

Al declarar por SIGE se recomienda que al finalizar el proceso, revise su Comprobante de Declaración para verificar que los datos declarados estén correctos, si detectan alguna inconsistencia, el Sostenedor podrá habilitar el sistema nuevamente por intermedio de su perfil (para mayores antecedentes consulte el instructivo de declaración), para luego, nuevamente con el perfil de establecimiento corregir la información y esta deberá ser declarada por el Sostenedor e imprimir su nuevo Comprobante (El Comprobante de declaración anterior a este proceso quedará invalidado).

De no efectuar la declaración del mes de marzo 2020 dentro de los plazos establecidos, implicará que no recibirán la subvención correspondiente al mes de abril 2020.

Se recuerda que todos los cursos deben encontrarse habilitados para que sean considerados para efectos de pago de subvenciones, por lo anterior, debe revisar esta condición antes de realizar la declaración de Asistencias. Para esto, debe acceder a SIGE con el perfil del establecimiento, y en la opción Asistencias>>Procesos Relacionados>>Habilitación de Cursos, en donde podrá revisar los cursos que tienen habilitado para cada tipo de enseñanzas y nivel, e indicar aquellos que corresponden a los autorizados para pago por parte del SEREMI. En caso de que requiera asistencia con este módulo o su contenido, debe contactar al encargado de pago del Departamento Provincial de Educación.

Atentamente
Coordinación Nacional de Subvenciones
Ministerio de Educación

Enlaces